(Minghui.org) El 3 de noviembre de 2021, Naz Durakoglu, secretario adjunto en funciones de la Oficina de Asuntos Legislativos del Departamento de Estado de EE. UU., envió una carta en respuesta a S. E. Marco Rubio, senador de Florida, en la que expresaba su preocupación por los familiares de dos residentes de Florida, entre ellos la Sra. Deng Cuiping y el Sr. Zhou Deyong, detenidos en China por su fe en Falun Dafa.

El Sr. Zhou fue arrestado por policías de la División de Seguridad Nacional de Binhai y de la Oficina 610 del Campo Petrolero de Shengli en su casa ubicada en la ciudad de Dongying, provincia de Shandong, el 23 de abril de 2021. Su detención fue aprobada el 31 de mayo y actualmente se encuentra en el Centro de Detención de Binhai. Su caso fue presentado a la Procuraduría del Distrito de Dongying, el 29 de octubre.

Los funcionarios de la División de Seguridad Nacional de Binhai se negaron a informarle a la familia la ubicación del Sr. Zhou durante dos semanas, y luego trataron de impedir que su abogado lo visitara. El abogado pudo reunirse con el Sr. Zhou después de que Gus Bilirakis, representante del 12.º Distrito del Congreso de Florida, escribió una carta al líder del Partido Comunista Chino, Xi Jinping, expresando su preocupación.

Después de conocer la situación del Sr. Zhou en agosto, el senador Rubio escribió al Departamento de Estado de Estados Unidos, instando al gobierno estadounidense a ayudar a liberar al Sr. Zhou y a la Sra. Deng, residente en la provincia de Yunnan que fue condenada a seis años en febrero de 2017.

El 3 de noviembre, el Departamento de Estado estadounidense respondió al senador Rubio. En la carta se afirma que el gobierno estadounidense siempre ha estado muy preocupado por la violación a los derechos humanos por parte del Partido Comunista Chino (PCCh), y que ha sancionado a un agente de la Oficina 610 este año. La carta también menciona que el Departamento de Estado está muy preocupado por la persecución, maltrato y detención por parte del PCCh al Sr. Zhou y a la Sra. Deng, y que el gobierno considerará la posibilidad de negociar con el PCCh en el momento adecuado e instará al régimen totalitario comunista chino a respetar la libertad de religión estipulada en su Constitución.

Carta del Departamento de Estado de EE. UU. al senador Marco Rubio.

A continuación, la carta del Departamento de Estado de EE. UU.:

Estimado senador Rubio,

Gracias por su carta del 30 de agosto en la que transmite su preocupación por los abusos de derechos humanos de la República Popular China (RPC) contra los practicantes de Falun Dafa. Compartimos su preocupación. El Departamento de Estado está comprometido con la promoción de la libertad de religión o creencia para todos aquellos en el mundo y ha priorizado la responsabilidad de la RPC por sus violaciones de los derechos humanos, incluyendo la opresión a los practicantes de Falun Dafa.

Desde 1999, la Secretaría de Estado ha designado a la República Popular China como "País de Especial Preocupación" en virtud de la Ley de Libertad Religiosa Internacional por haber cometido o tolerado violaciones especialmente graves de la libertad religiosa. Tal y como se refleja en el Informe 2020 del Departamento sobre prácticas de derechos humanos y en el Informe 2020 sobre libertad religiosa internacional, el respeto y la protección del derecho a la libertad de religión o de creencias en la RPC se han deteriorado. En mayo, el secretario Blinken denunció públicamente a un funcionario de la RPC en virtud de la sección 7031 (c) de la ley anual de asignaciones por su implicación en graves violaciones de los derechos humanos, concretamente la detención arbitraria a los practicantes de Falun Dafa por sus creencias espirituales.

Con respecto a los casos de Zhou Deyong y Deng Cuiping, el Departamento está muy preocupado por el maltrato y la detención de estas personas por parte de la RPC. Estudiaremos la posibilidad de abogar por ellos ante el gobierno de la RPC.

Seguiremos presionando al gobierno de la República Popular China para que cumpla sus compromisos internacionales con respecto a la libertad de religión o de creencias de todas las personas, incluidos los miembros de grupos étnicos y religiosos minoritarios y los que practican su religión fuera de las instituciones oficiales avaladas por el Estado. La RPC debe mantener las promesas hechas en su propia constitución de proteger la "libertad de creencia religiosa".

Gracias por su continuo interés en este tema.

Esperamos que esta información sea útil. Por favor, háganos saber si podemos ser de más ayuda.

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